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Solicitar un fraccionamiento al SEPE por cobro indebido

Cuando reciba la resolución de haber percibido un cobro indebido de una prestación por desempleo, en la que se le comunica la cuantía exacta de la cantidad a devolver, podrá solicitar el pago fraccionado de dicha cuantía. Lo debe hacer por escrito ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y dispone de un plazo de 30 días a partir de la notificación.

En la solicitud de fraccionamiento deberá justificar los importes mensuales a devolver por sus circunstancias sociolaborales, mediante exposición de su situación económica, circunstancias personales y la garantía para su devolución.

El número de plazos no podrá exceder de sesenta mensualidades, salvo autorización de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. A la cantidad adeudada se le aplicará un recargo equivalente al interés de demora que se encuentre vigente en cada momento, durante el periodo de duración del fraccionamiento.

Una vez resuelta la solicitud de fraccionamiento se le enviará una resolución en la que constará:

– El importe íntegro a devolver (principal).

– El importe de los intereses.

– El importe total a abonar.

– El número de vencimientos y la fecha del primer vencimiento.

– La cuantía mensual a abonar.

– La fecha en que se deberán hacer los pagos.

– La entidad bancaria y el número de cuenta donde realizar el pago.

Si no realiza el ingreso de cualquiera de las cantidades fraccionadas a su vencimiento, se producirá el inmediato requerimiento en vía de apremio de la totalidad de la cuantía pendiente de ingreso, expidiendo la correspondiente certificación de descubierto.

Si realiza la solicitud de fraccionamiento transcurrido el plazo voluntario, la cantidad adeudada se incrementará con los recargos establecidos legalmente.

FUENTE: SEPE

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